Texto oficial
TITULO III
Administración y Junta de Accionistas
Artículo 17. La Compañía será administrada por un
directorio compuesto de doce miembros, de los cuales cuatro
representarán las acciones de la serie A; siete serán
elegidos por los accionistas tenedores de acciones
ordinarias de la Serie B, y uno, por los accionistas
tenedores de acciones preferidas de la misma serie.
Cuando se hayan amortizado las dos terceras partes de
las acciones preferidas de la serie B, y se hayan emitido
las acciones ordinarias correspondientes, las acciones
ordinarias de la serie B elegirán ocho directores, y
cesará el derecho de elección de las acciones preferidas
de la misma serie.
Los directores que representan las acciones de la serie
A, serán designados por el Presidente de la República y
durante 4 años en sus funciones, sin perjuicio de la
facultad del Presidente de la República de reelegirlos o
removerlos. Los demás directores durarán un año en sus
funciones y podrán ser reelegidos o removidos por las
respectivas Juntas Especiales de Accionistas.
La designación de Presidente y de Gerente General de
la Compañía, necesitará el voto conforme de las tres
cuartas partes de los directores en ejercicio.
El Presidente podrá ser o no director y en el caso de
no serlo, nó tendrá derecho a voto.