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Artículo 8 de la Ley 4.932

Aprueba presupuesto de gastos extraordinarios para el año 193; autoriza y deja sin efecto emprestitos; formalidad para efectuar traspasos de fondos eleva retribucion que debe pagar la empresa de los ferrocarriles del estado, y eleva impuesto a los cigarros, cigarrillos y tabacos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24973 · idParte: 9042252

Texto oficial

Art. 8.o Los gastos del personal a contrata y de administración de los servicios dependientes de la Dirección General de Obras Públicas, así como los gastos generales y de personal de la misma Dirección, se cargarán al costo de las obras o del grupo que corresponda.