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Artículo 13 de la Ley 5.107 · Reglamenta operaciones de cambios internacionales.

Reglamenta operaciones de cambios internacionales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25032 / 9340364.

Texto oficial

Art. 13. Autorízase a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para convertir los depósitos en moneda extranjera que actualmente tiene, a moneda legal, con el recargo correspondiente al día en que haga esas conversiones.