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Artículo 5 de la Ley 5.137

Autoriza al presidente de la república para contratar con el banco central de chile un emprestito hasta por $138.000,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25037 / 5961415.

Texto oficial

Art. 5.o No se aplicarán a este préstamo las limitaciones y prohibiciones establecidas en el decreto-ley número 486, de 21 de Agosto de 1925, que organizó el Banco Central de Chile.