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Artículo 15 de la Ley 5.154 · Establece nuevos impuestos

Establece nuevos impuestos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25043 / 7170189.

Texto oficial

Art. 15. Se exceptúan de este impuesto aquellos contribuyentes que, no obstante estar gravados con la tercera categoría de la ley sobre impuesto a la renta, tales como los corredores, martilleros, comisionistas, constructores, etc., obtienen utilidades, proveniente del solo esfuerzo personal y no de la inversión de capitales o de la explotación de bienes materiales.