Texto oficial
Art. 95. No se autorizará ninguna disolución de sociedad sin un certificado de la Dirección, en el cual conste que la sociedad se encuentra al día en el pago de los impuestos que establece la presente ley.
Ley de impuesto a la renta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25047 / 7170346.