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Artículo 31 de la Ley 5.172 · Fija el texto definitivo de la ley sobre impuesto a los;espectaculos publicos

Fija el texto definitivo de la ley sobre impuesto a los;espectaculos publicos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25050 / 8613276.

Texto oficial

Art. 31º.- La aplicación y fiscalización de la presente ley, estarán a cargo de la Dirección General de Impuestos Internos y sus empleados actuarán con el carácter de ministros de fe. El funcionario a quien se comprueben inexactitudes o abusos cometidos en tal carácter, será separado de su empleo sin perjuicio de la responsabilidad que pueda corresponderle.