Refunde y fija texto definitivo a decretos con fuerza de ley 156 y 270, de 8 y 20 de mayo de 1931, leyes 5097, de 23 de marzo de 1932, y 5,154, de 10 de abril de 1933, sobre impuesto a los fosforos, cerillas y encendedores.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25051 / 9078695.
Texto oficial
Art. 10. El Presidente de la República queda facultado
para disminuir, hasta anular, los derechos de internación
de las mercaderías a que se refiere esta ley, cuando su
precio de venta al por menor fuere superior al que tengan a
la fecha de la promulgación de esta ley, aumentado en el
impuesto que ella establece.