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Artículo 2 de la Ley 14.861

Concede, por gracia, a los asignatarios del señor mario bernaschina gonzalez los beneficios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250590 / 6573114.

Texto oficial

Artículo 2.o Concédese a doña Carmen González Aguirre de Bernaschina, madre de don Mario Bernaschina González, una pensión, por gracia, de Eº 100 mensuales.