Texto oficial
Art. 3.o La Corte Marcial de la Marina de Guerra funcionará en el local y con el personal de secretario, relatores, oficiales de secretaría y de sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Crea una corte marcial para la marina de guerra; fija atribuciones, y modifica articulos 48 y 49 y substituye inciso final del 52 del código de justicia militar, aprobado por decreto-ley 806, de 23 de diciembre de 1925
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25061 / 9042308.