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Artículo 4 de la Ley 5.209

Crea una corte marcial para la marina de guerra; fija atribuciones, y modifica articulos 48 y 49 y substituye inciso final del 52 del código de justicia militar, aprobado por decreto-ley 806, de 23 de diciembre de 1925

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25061 / 9042309.

Texto oficial

Art. 4.o Esta Corte tendrá la competencia, atribuciones y facultades que se establecen para la Corte Marcial única en el párrafo 5, título II, libro I del Código de Justicia Militar, en cuanto a las causas y asuntos de la jurisdicción naval con exclusión de cualquier otro tribunal.