Saltar al contenido

Artículo 115 de la Ley 5.231

Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231464.

Texto oficial

Art. 115. Todo negocio que venda bebidas alcohólicas para ser consumidas en el mismo local, y cuyo giro no encuadre dentro de las letras b), c) y d), indicadas en el artículo 113, será clasificado como cantina, bar o taberna si es de funcionamiento diurno, y como cabaret, si funciona de noche.