Texto oficial
Art. 126. La defensa del Fisco en las reclamaciones o juicios que se susciten con motivo de la aplicación de las disposiciones de este Libro, estará a cargo del número de abogados que se indica a continuación.
Dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, actuará una comisión compuesta de cuatro abogados, un secretario, que lo será al mismo tiempo de todo el servicio y un procurador, y dentro del territorio de la Corte de Valparaíso, actuará una comisión de dos abogados. En el territorio jurisliccional de cada una de las demás Cortes la defensa del Fisco estará a cargo de un solo abogado. (Decreto-ley número 525).