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Artículo 126 de la Ley 5.231

Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231476.

Texto oficial

Art. 126. La defensa del Fisco en las reclamaciones o juicios que se susciten con motivo de la aplicación de las disposiciones de este Libro, estará a cargo del número de abogados que se indica a continuación. Dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, actuará una comisión compuesta de cuatro abogados, un secretario, que lo será al mismo tiempo de todo el servicio y un procurador, y dentro del territorio de la Corte de Valparaíso, actuará una comisión de dos abogados. En el territorio jurisliccional de cada una de las demás Cortes la defensa del Fisco estará a cargo de un solo abogado. (Decreto-ley número 525).