Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 5.331 · Fija el capital de la caja de credito minero en $ 60.000,000

Fija el capital de la caja de credito minero en $ 60.000,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25085 / 5961804.

Texto oficial

Art. 4.o Deróganse las disposiciones de la ley número 5,185, en todo lo que digan relación con la Caja de Crédito Minero.