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Artículo 38 de la Ley 5.350 · Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25092 / 9513088.

Texto oficial

Art. 38. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1934, el plazo a que se refiere el artículo 8.o de la ley N.o 5.133, de 2 de febrero de 1933.