Texto oficial
Art. 38. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1934, el plazo a que se refiere el artículo 8.o de la ley N.o 5.133, de 2 de febrero de 1933.
Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25092 / 9513088.