Saltar al contenido

Artículo 44 de la Ley 5.350 · Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25092 / 9513094.

Texto oficial

Art. 44. La disposición del artículo 8.o, transitorio, de la ley N.o 4.863, de 21 de julio de 1930, modificada por la ley N.o 4.904, de 11 de octubre del mismo año (1), regirá hasta el 31 de diciembre de 1934.