Texto oficial
Art. 3.o Los secretarios de los Juzgados de Letras de
Mayor Cuantía de Valparaíso y de las demás ciudades
asiento de Corte de Apelaciones, gozarán de los mismos
sueldos que los secretarios de igual categoría de Santiago.
Fija sueldos y gratificaciones a funcionarios y empleados del poder judicial, incluyendo en el aumento al personal del servicio medico legal; eleva impuestos establecidos en letra g) del articulo 9.o de la ley 4,565, de 31 de enero de 1929, que aumento aquellos sueldos; establece impuestos para actos juridicos y certificados judiciales; multas, otros impuestos; salas de que se compondra la corte de apelaciones de santiago; aumenta el numero de sus miembros, y crea plazas de relator y de oficial de sala para la misma corte.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25103 / 8999093.