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Artículo 41 de la Ley 5.434 · Fija el texto definitivo de la ley de impuesto sobre;timbres, estampillas y papel sellado

Fija el texto definitivo de la ley de impuesto sobre;timbres, estampillas y papel sellado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25110 · idParte: 9082437

Texto oficial

Art. 41. Serán aplicables a los archiveros que tengan a su cargo Registros de Conservadores, las disposiciones de los N.os 25, 26 y 53 del artículo 7.o de esta ley.