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Artículo 12 de la Ley 5.343 · Establece los derechos y obligaciones referentes a la adopcion

Establece los derechos y obligaciones referentes a la adopcion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251437 / 6576388.

Texto oficial

Art. 12. La adopción sólo establece relaciones jurídicas entre el adoptante y el adoptado, pero no entre uno de ellos y la familia del otro. El adoptado y sus descendientes podrán tomar el apellido del adoptante.