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Artículo 41 de la Ley 5.604 · Colonizacion nacional

Colonizacion nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25154 / 8467238.

Texto oficial

Art. 41. Las parcelas se venderán por su precio de costo, más los gastos de preparación a que se refiere el artículo anterior.