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Artículo 8 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley nº 18.928 sobre adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251552 / 6944370.

Texto oficial

Artículo 8.- Autorizaciones presupuestarias: Las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública deberán contar con las autorizaciones presupuestarias que sean pertinentes, previamente a la resolución de adjudicación del contrato definitivo en conformidad a la ley N° 19.886, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 del presente Reglamento.