Texto oficial
Art. 43. No se admitirán tercerías de ninguna clase en
los juicios ejecutivos que tengan por objeto la enajenación
de los bienes afectos al contrato de prenda industrial.
Ley sobre el contrato de prenda industrial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25164 / 8802728.