Texto oficial
Art. 46. En los juicios civiles a que se refiere esta
ley no se tomará en cuenta el fuero personal de los
litigantes, ni se suspenderá su tramitación por la
declaración de quiebra o concurso.
Ley sobre el contrato de prenda industrial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25164 / 8802731.