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Artículo 4 de la Ley 5.756

Crea en la planta del ministerio de salubridad publica los cargos que se indican, y concede los suplementos que se expresan al presupuesto de dicho ministerio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25181 · idParte: 5962330

Texto oficial

Artículo 4.o El mayor gasto de $ 25,666.66 que representan durante el presente año, y desde la fecha de su creación, los cargos a que se refiere el artículo primero y la gratificación del artículo segundo de esta ley y el que importan los suplementos que se conceden en el artículo 3.o, se deducirá de la Cuenta C-10 "Derechos de Importación" del Presupuesto de Entradas Ordinarias correspondientes al año 1935.