Saltar al contenido

Artículo 52 de la Ley 5.757 · Ley general de pavimentacion

Ley general de pavimentacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25182 / 8846279.

Texto oficial

Art. 52. La ejecución de obras de pavimentación en calzadas o aceras, no será causal para que los organismos correspondientes procedan a retasar las propiedades beneficiadas con las obras ejecutadas.