Texto oficial
Art. 15. La Junta Calificadora de Oficiales estará formada como sigue:
Para el Ejército.- Por el Consejo Militar, que estará compuesto por:
El Comandante en Jefe del Ejército;
Los Oficiales Generales;
Los Comandantes de División;
El Jefe del Estado Mayor;
El Director de los Servicios;
El Director del Personal; y
El Director de Establecimientos de Instrucción Militar.
Para la Armada.- Por el Consejo. Naval que estará compuesto por:
El Comandante en Jefe de la Armada;
El Jefe del Estado Mayor de la Armada;
El Director del Personal;
El Director de Armamentos;
El Director del Material;
El Director del Litoral;
El Comandante en Jefe de la Escuadra; y
Los Comandantes en Jefe de Apostaderos.
Para la Aviación.- Por el Consejo Aéreo que estará compuesto por:
El Comandante en Jefe de Aviación;
El Jefe del Estado Mayor;
El Director del Personal;
El Director de los Servicios; y
El Director de Aeronáutica.