Texto oficial
Art. 30. El reclutamiento y nombramiento de este personal se hará de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Reglamento respectivo.
Reclutamiento, nombramiento y ascensos del personal de las instituciones armadas de defensa nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25238 / 9213571.