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Artículo 3 de la Ley 5.983

Autoriza a la municipalidad de la serena para contratar un emprestito por la suma de tres millones de pesos, destinados a la construccion de habitaciones para obreros y empleados particulares, dentro del radio urbano de la ciudad

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25255 · idParte: 9950007

Texto oficial

Artículo 3.o La Caja de Seguro Obligatorio, la Caja de Empleados Particulares y la Caja Nacional de Ahorros podrán conceder a la Caja de Auxilios el empréstito a que se refiere el artículo anterior, suspendiéndose para el sólo efecto de esta operación las limitaciones y prohibiciones establecidas en las leyes orgánicas respectivas.