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Artículo 16 transitorio de la Ley 6.020 · Mejora la situacion economica de los empleados particulares

Mejora la situacion economica de los empleados particulares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25267 / 7170823.

Texto oficial

Artículo 16. Las asignaciones familiares que establece la presente ley, se comenzarán a pagar a contar del 1.o de Julio del presente año. No obstante, las imposiciones indicadas en el artículo 18, se pagarán desde la vigencia de esta ley y con las sumas acumuladas entre estas dos fechas, se formará un fondo de reserva, destinado a garantizar el pago de las asignaciones familiares.