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Artículo 5 de la Ley 6.026 · Seguridad interior del estado

Seguridad interior del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25270 / 8278067.

Texto oficial

Art. 5.o Queda prohibida la circulación por los servicios de Correos y de Aduanas, de impresos que tengan por objeto atentar contra el orden público o contra la seguridad interior del Estado. Los administradores de Correos o de Aduanas suspenderán provisoriamente la circulación de tales impresos, y darán cuenta a la justicia ordinaria, la cual, breve y sumariamente, resolverá si se niega o concede curso a su transporte y distribución.