Texto oficial
Art. 68. La Caja estará sometida al control del Departamento de Previsión Social, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto con Fuerza de Ley N.o 1,277, de 30 de Julio de 1930.
Crea la caja de la marina mercante nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170936.