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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 34

Decreto con fuerza de ley n.º 34

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252888 / 9067669.

Texto oficial

Art. 27. La negativa para proporcionar datos estadísticos según las indicaciones del artículo 13 de este decreto, será penada con prisión de veinte hasta cincuenta días, conmutables en multa de cincuenta a quinientos pesos.