Saltar al contenido

Artículo 33 de la Ley 6.152 · Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes

Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25299 / 9093298.

Texto oficial

Art. 33. La cesión de estos arrendamientos sólo podrá efectuarse a personas naturales o jurídicas que reúnen los requisitos y a quienes se impongan las mismas obligaciones y sanciones que indica el artículo anterior.