Texto oficial
Art. 45. El retardo en pago de las rentas
correspondientes a dos períodos consecutivos, producirá
"ipso jure" la terminación inmediata del arrendamiento, sin
perjuicio de las demás acciones que procedieren a favor del
Fisco.
Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25299 / 9093313.