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Artículo 45 de la Ley 6.152 · Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes

Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25299 / 9093313.

Texto oficial

Art. 45. El retardo en pago de las rentas correspondientes a dos períodos consecutivos, producirá "ipso jure" la terminación inmediata del arrendamiento, sin perjuicio de las demás acciones que procedieren a favor del Fisco.