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Artículo 5 de la Ley 6.162

Modifica los articulos que se indican del código civil, del código de procedimiento civil, del código de comercio y de la ley de matrimonio civil, respecto a plazos de prescripcion,

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25306 · idParte: 8829680

Texto oficial

Artículo 5°. Derógase el artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N° 221, de 15 de Mayo de 1931.