Texto oficial
Artículo 5°. Derógase el artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N° 221, de 15 de Mayo de 1931.
Modifica los articulos que se indican del código civil, del código de procedimiento civil, del código de comercio y de la ley de matrimonio civil, respecto a plazos de prescripcion,
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