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Artículo 14 de la Ley 6.334 · Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25337 / 7171041.

Texto oficial

Artículo 14. En caso de mora en el pago de los dividendos de los créditos que se concedan en virtud de la presente ley, se cobrará un interés penal de 10 por ciento al año sobre los dividendos atrasados.