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Artículo 5 de la Ley 6.556 · Fija la planta y grados del personal de la direccion general de prisiones

Fija la planta y grados del personal de la direccion general de prisiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25365 / 8999243.

Texto oficial

Art. 5° Los nombramientos, ascensos, traslados, remociones y demás medidas relativas al personal dependiente de la Dirección General de Prisiones, se ajustará a las disposiciones que para tal efecto consulte el Reglamento que dictará el Presidente de la República. Los ascensos se harán dentro de cada grado, dos por antigüedad y uno por mérito.