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Artículo 12 de la Ley 6.556 · Fija la planta y grados del personal de la direccion general de prisiones

Fija la planta y grados del personal de la direccion general de prisiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25365 · idParte: 8999250

Texto oficial

Art. 12. En caso de ausencia o imposibilidad del Director General de Prisiones, lo reemplazará con todos sus deberes y atribuciones el funcionario de mayor antigüedad del grado inmediatamente inferior.