Texto oficial
Artículo 3.o Todo el personal que actualmente se encuentra incluído en el grado 28º pasará al grado 27º de la nueva escala.
Fija la nueva escala de grados y sueldos del personal civil de los servicios del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25396 / 7171282.