Texto oficial
Artículo 11.o Toda infracción o falta de cumplimiento a las disposiciones de la presente ley, que no tenga una pena especial, se sancionará con arreglo a lo prevenido en el artículo 152 de la Ley General de Elecciones.
Complementa la ley general de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25402 / 8278182.