Texto oficial
Art. 48. Agrégase al número 5.o del artículo 496 del Código Penal la siguiente frase: "o se negare a manifestarlos o diere domicilio falso".
Organizacion y atribuciones de los juzgados de policia local
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25403 / 9074268.