Saltar al contenido

Artículo 11 de la Ley 7.200

Otorga facultades extraordinarias al ejecutivo para dictar disposiciones de caracter administrativo, economico y financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25457 / 9042728.

Texto oficial

Art. 11. Autorízase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la publicación de la presente ley, determine las condiciones en que los funcionarios fiscales y semifiscales puedan tener derecho a movilización de cargo fiscal o semifiscal, conforme a la siguiente pauta: a) Funcionarios a quienes se le proporcionará automóvil u otro medio de locomoción con y sin derecho a gastos de mantenimiento y reparaciones; b) Funcionarios a quienes se le proporcionará para sus gastos de movilización una subvención mensual de cargo fiscal.