Saltar al contenido

Artículo 24 de la Ley 7.200

Otorga facultades extraordinarias al ejecutivo para dictar disposiciones de caracter administrativo, economico y financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25457 / 9042741.

Texto oficial

Art. 24. Se faculta al Presidente de la República para que pueda convenir condiciones con el objeto de asegurar el retorno de las utilidades y amortizaciones de los nuevos capitales, que se inviertan en el país en actividades productoras, o en instituciones nacionales de crédito o de bienestar social.