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Artículo 4 de la Ley S/N · Telegrafos electricos

Telegrafos electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254619 / 8374640.

Texto oficial

Art. 4.º Para juzgar de la fidelidad en la trasmisión de los mensajes deberán conservarse en la oficina el original i la trasmisión telegráfica por el término de un mes. La no conservacion de estas piezas sin dar de ello razon que satisfaga, hará que la trasmision infiel se repute de mala fé.