Saltar al contenido

Artículo 9 de la Ley S/N · Telegrafos electricos

Telegrafos electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254619 / 8374645.

Texto oficial

Art. 9.º Cuando en una oficina telegráfica se reincidiese en las infracciones de que hablan los artículos séptimo i octavo, podrá la Autoridad superior prohibir el uso del Telégrafo, o someterlo a su direccion o inspeccion inmediata hasta tanto duren las circunstancias extraordinarias de motin, edicion, etc.