Texto oficial
Art. 13. Todo ataque, toda resistencia con violencia o con vias de hecho a los Ajentes que la Autoridad destinare a la conservación i cuidado de las líneas telegráficas, serán castigados como actos de resistencia a la Autoridad.
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La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254619 / 8374649.