Texto oficial
Art. 66. Las oficinas del ramo de correos permanecerán abiertas, para recibir i entregar correspondencia, en las horas que se designen para cada localidad por la Direccion Jeneral.
Ordenanza general de correos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843673.