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Artículo 103 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843710.

Texto oficial

Art. 103. Podrá hacerse certificar la carta o pliego que el interesado desee trasmitir i hacer entregar con mayor seguridad. En toda certificación deberá exijirse que la carta o pliego lleve estampas de franqueo por el valor de cincuenta centavos, además del porte correspondiente. Esta clase de correspondencia será entregada en la misma oficina, por lo ménos, media hora ántes de cerrarse ésta, para despachar la balija que deba conducirla, a fin de hacer anotacion i dar recibo correspondiente.