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Artículo 147 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843754.

Texto oficial

Art. 147. De los impresos sobrantes, con distinción de los franqueados i multados, oficios i espedientes, se formará una lista al fin de cada trimestre, espresándose el título de ellos, a quien van dirijidos i de quien proceden i se remitirá a la Direccion Jeneral. Esta dará aviso a los editores de impresos nacionales i a las oficinas de donde proceden para que ocurran dentro de un mes a sacarlos, o para que se le devuelvan por los administradores, pagando porte de vuelta.