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Artículo 5 de la Ley 7.260 · Mejora situación económica de carabineros de chile

Mejora situación económica de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25463 / 10018873.

Texto oficial

Artículo 5.o El personal a contrata que al ser promovido dentro de la institución a un empleo de nombramiento supremo recibiere una remuneración inferior a la que tenía en su anterior destino, continuará gozando del aumento por años de servicios que poseía en su antiguo empleo, mientras subsista la situación anotada.